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Order (Auto)October 9, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Orozco Orozco Deivis Martin·Respondent Administracion Publica Cooperativa De Servicios Publicos De Zapayan Magdalena Coopzapayan Apc

✓
Topic · hard data
Proceso Ejecutivo Derivado De Contrato De Prestación De Servicios Suscrito Por Administradora Pública Cooperativa Que Presta Servicios Públicos Domiciliarios.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Santa Marta y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Plato, Magdalena, ocasionado por una demanda ejecutiva laboral presentada por un ciudadano, en contra de la Administración Pública Cooperativa de Servicios Públicos Domiciliarios de municipio de Zapayán, con el fin de que se libre mandamiento ejecutivo por los honorarios a los que tenía derecho por el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Cumplidos los presupuestos: subjetivo, objetivo y normativo que configuran un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye, con base en el auto 2985 de 2023, que extendió la regla del auto 1516 de 2023, que las administraciones públicas cooperativas constituidas por entidades territoriales con el fin de prestar servicios públicos son conformadas con recursos públicos.

En esa medida, se entiende que son entidades públicas. y les aplica el criterio dispuesto en el numeral 2 del artículo 104 del CPACA.

En este caso, se advierte, del objeto social, que la empresa demandada se identifica como “administración pública cooperativa”, por lo que es dable resolver en reiteración de la regla de decisión según la cual, ante la ausencia de determinación expresa sobre la jurisdicción que debe tramitar un determinado asunto y en virtud del numeral 6° del artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocerá los procesos ejecutivos originados en contratos celebrados por entidades públicas, dentro de las cuales se incluye a las empresas de servicios públicos domiciliarios de conformidad con la definición de entidad pública establecida en el parágrafo del artículo 104 referido y las administradoras públicas cooperativas conformadas para prestar servicios públicos en las que el Estado tenga participación de recursos públicos.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Santa Marta para continuar con el asunto de la referencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Santa Marta y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Plato, Magdalena, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso iniciado por Deivis Martín Orozco Orozco, contra la empresa COOPZAYÁN APC, en la que se pretende se libre mandamiento ejecutivo a su favor por valor de cinco millones de pesos ($5.000.000) y, se libre mandamiento ejecutivo a su favor por los intereses generados desde la fecha de exigibilidad hasta el cumplimiento efectivo de la obligación, corresponde al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Santa Marta.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5672 al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Santa Marta para que, de manera inmediata, continúe con el asunto de la referencia y para que comunique la presente decisión a los sujetos procesales dentro del asunto.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.